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Preguntas frecuentes

1. Matrícula

Per a matricular-se dels nivells A2, B1, B2 i llenguatges específics no hi ha necessitat de petició prèvia de torn. Per als nivells C1 i C2 caldrà fer una sol·licitud de torn de matrícula com a requisit previ a la matriculació. Els enllaços a les diferents sol·licituds de torn es trobaran en la pàgina web https://provesjqcv.gva.es

Si ha realizado el trámite con certificado digital, entre en su carpeta ciudadana y aparece el trámite como pendiente en el apartado de solicitudes en creación. En este último caso tiene que acceder al mismo y finalizarlo y descargar el justificante.
Si ha realizado el trámite sin certificado digital, en el inicio del trámite se le proporcionó la opción de «guardar clave», que es un enlace (normalmente se descarga en la carpeta de descargas del ordenador) con el nombre "clave_ fecha de la matrícula_html". Haced doble clic sobre el fichero para recuperar el trámite donde se quedó y registrar la solicitud.

Sí, esta indicación "NO ES UN JUSTIFICANTE DE REGISTRO", aparece por defecto en los trámites que se hacen sin firma digital, pero sirve igualmente como justificante de registro, no tiene que presentar nada más a la Administración. La matrícula es correcta.
 
Si acabó el trámite de matrícula hasta el final, hasta el paso de registrar o validar tiene que descargar 1 documento en el que hay 3 hojas: el formulario de inscripción, el justificante de pago, y el justificante de entrega/ registro. Si tiene los 3 documentos es correcto. 

Escriba un correo electrónico a jqcv@gva.es, adjunte el justificante de matrícula, indique cuál es la corrección que hay que hacer y la JQCV hará la corrección correspondiente.

Les persones interessades podran matricular-se en tots els nivells de coneixements de llengua que desitgen, sempre que les proves no coincidisquen en el mateix dia i a la mateixa hora.   Consulteu calendari de proves

Debe estar en posesión por lo menos del certificado de nivel C1 de valenciano o equivalentes.

 

Sí, los aspirantes con diversidad funcional que solicitan medidas de adaptación deberán especificarlo en el momento de formalizar la matrícula y adjuntar el informe médico o el certificado de la adaptación requerida expedido por los servicios competentes en materia de diversidad funcional de la Generalitat Valenciana, de otras comunidades autónomas o del Estado.

Sí, se publicará una verificación de matrícula con anterioridad en la prueba. Un mes antes de la realización de las pruebas, la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià publicará en la página web un enlace para que los aspirantes comprueben su matrícula. Introduciendo el número del documento de identidad, podrá consultar los datos de la inscripción: el nivel, la localidad y el horario en que está convocado o convocada. La JQCV habilitará un plazo porque las personas que detecten algún error en la inscripción o no aparezcan puedan subsanar.

Están exentos del pago los miembros de familias numerosas de categoría especial, los miembros de familias monoparentales de categoría especial y las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acreditan esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre , de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

Tienen una bonificación del 50% las personas que tengan una discapacidad acreditada igual o superior al 33%, los miembros de familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de categoría general. 

En el trámite de matrícula telemático, habrá que acreditarlo adjuntando copia escaneada del correspondiente título o carnet de familia numerosa, familia monoparental, del certificado o targeta de discapacidad o resolución judicial (en el caso de víctimas de violencia sobre la mujer).

Si. La matrícula i pago de la tasa se realiza exclusivamente por vía telemática a través de la página web de la JQCV.

Los aspirantes que abonen las tasas por vía telemática tendrán derecho a una bonificación del 10 % de la tasa. De esta manera se puede completar la inscripción y el abono de las tasas, los cuales quedarán registrados y no hará falta enviar ningún impreso a la JQCV

La matrícula y pago de la tasa se podrá realizar tanto con certificado digital como sin. Si deseáis matricularos utilizando el certificado digital, tenéis que elegir la opción "Tramitar con certificado". Si deseáis matricularos sin certificado digital, tenéis que elegir la opción "Tramitar telemáticamente".

Para matricularse de Corrección de Textos necesita estar en posesión del certificado de nivel C2 de valenciano o equivalentes.

 

2. Pruebas

Es posible que haya una error en el correo electrónico o que no lo haya indicado en la solicitud de inscripción. Debe enviar una sol·licitud de corrección o alta del correo electrónico a: jqcv@gva.es

No. En los exámenes de la JQCV no se guarda el resultado de ninguna área para la convocatoria siguiente.

No, en las pruebas de la JQCV no se guarda la nota del área aprobada de ningún nivel para la siguiente convocatoria. Los aspirantes tienen que presentarse de nuevo en todas las áreas a la siguiente convocatoria, en que se establecerá un nuevo periodo de matrícula y pago de la tasa.

 

Sí,  el resultado de la primera jornada no es excluyente a efectos de presentarse a la segunda jornada. El aspirante puede presentarse a las áreas de la segunda jornada independientemente del resultado de las áreas realizadas en la primera jornada. Por lo tanto, los aspirantes que no superan alguna área de la primera jornada, pueden presentarse a las áreas de la segunda jornada, pero el resultado final será "no apto" porque hay que superar los mínimos exigidos en cada área y una nota global de 60 puntos para obtener el apto.

Coneixements orals es ahora A2; Elemental es B1; Mitjà es C1 y Superior es C2.

Los resultados finales se publican en la página web de la JQCV, en la sección de "resultados" y en "novedades" aproximadamente en el plazo de un mes desde la realización de la prueba oral.

 

La duración de la prueba depende del nivel. Puede consultar la duración en los siguiente enlaces:

Prueba de A2 

Prueba de B1 

Prueba de B2

Prueba de C1 

Prueba de C2 

 

De acuerdo con la Resolución de convocatoria de pruebas, las reclamaciones serán resueltas por el presidente del Pleno de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo para interponer la reclamación, notificando la resolución correspondiente en carta certificada y al domicilio del interesado o por notificación electrónica si utilizó el trámite electrónico para presentar la solicitud de reclamación.

 

Cualquier elemento que esté unido a una palabra mediante un guion o un apóstrofo cuenta como una palabra. Por ejemplo, «l'arbre» es una palabra, pero «la xiqueta» son dos.

En el apartado de cada nivel está la guía correspondiente:

A2

B1

B2

C1

C2

 

Podéis consultar los centros de examen en este enlace  https://jqcv.gva.es/va/centres-examen. En esta misma página también se publicará la distribución de alumnado por aula y los planos durante la semana de la prueba.

Los aspirantes podrán consultar una semana antes de la prueba, la hora de convocatoria para realizar el área de expresión e interacción orales en la web de la JQCV, que podrá tener tanto horario por la mañana como la tarde, según la localidad de examen.

Los resultados definitivos de todos los niveles se publican en la sección de "Resultados" de la nuestra página web o en el teléfono de información 012.

No. En las pruebas actuales de la JQCV no hay dictado en ninguno de los niveles.

No, la prueba consiste en realizar la expresión y la interacción oral a partir de un tema propuesto.

No. La comprensión oral es específica de los niveles A2, B1 y B2.

 

No. La JQCV publica en hojas de información, en el DOGV y en su página de internet el calendario de pruebas, los centros de examen y el horario.

No, los errores en el área de comprensión escrita y en el área de estructuras lingüísticas no  penalizan.

De acuerdo con la Resolución de convocatoria de pruebas, la revisión de la prueba consiste en el envío del examen del aspirante en formato digital a la persona interesada. Esta actuación pondrá fin al procedimiento de revisión de la prueba.
 
 
Después también existe el procedimiento de reclamación de la calificación, que puede comportar la ratificación o rectificación de la nota y que serán resueltas por el presidente del Pleno de la JQCV en el plazo de dos meses desde la fecha de finalización para reclamar, de acuerdo con aquello que establece la resolución de convocatoria de pruebas anual. La resolución se notifica a la persona interesada por carta certificada en el domicilio o por notificación electrónica.
 
Se pueden pedir los dos trámites a la vez. Los plazos para los dos trámite son los mismos.

 

 

 

 

La redacción de creación consiste en realizar un texto a partir de un tema inicial que se propone al aspirante sin marcar ninguna pauta; en cambio, la redacción de mediación se realiza a partir de un ítem (por ejemplo, una infografía , un diagrama, una imagen, gráficos u otras instrucciones previas) y de unas ideas que hay que desarrollar.

Pueden participar en las pruebas para la obtención de los certificados las personas mayores de 16 años en el momento de realizarlas.

3. Otras

Es posible que haya una error en el correo electrónico o que no lo haya indicado en la solicitud de inscripción. Tiene que enviar un correo electrónico a jqcv@gva.es con todos sus datos personales (DNI, nombre y apellidos y correo electrónico actualizado) solicitando que le reenviemos el certificado  no recibido. También puede presentar la solicitud en el registro de entrada de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, en las direcciones territoriales, oficinas PROP, o en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La Junta Qualificadora enviará de oficio el certificado en formato digital a través del correo electrónico en el plazo de un mes desde la publicación en el DOGV de la resolución de publicación de los resultados. No se expiden certificados provisionales

En la página web de la Junta Qualificadora puede encontrar el modelo de solicitud de duplicado y los pasos que debe seguir: solicitud de duplicado

Debe enviar una instancia pidiendo la corrección y adjuntar una fotocopia del documento de identidad. La instancia puede presentarla en el registro de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, en las direcciones territoriales, oficinas PROP, o en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Debe enviar una instancia pidiendo la corrección y adjuntar una fotocopia del documento de identidad. La instancia puede presentarla en el registro de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, en las direcciones territoriales, oficinas PROP, o en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Debe enviar una instancia pidiendo la corrección y adjuntar copia del documento del NIE y una fotocopia del DNI para justificar el cambio. La instancia se puede presentar en el registro de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, en las direcciones territoriales, oficinas PROP, o en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Una vez recibida su solicitud, la JQCV le volverá a expedir el certificado de valenciano con el DNI y le llegará en formato digital por correo electrónico.

Sí. No hay ninguna fecha tope para registrar los certificados de valenciano previstos en el anexo II de la Orden 7/2017. Información del trámite: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G21382

No, los certificados expedidos por la JQCV están automáticamente registrados en el Servicio de Formación y Acreditación de la Subdirección General de Política Lingüística. De hecho, en los certificados consta el número de registro.

No. La Orden 4/2021, de 4 de febrero, del conseller de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se modifica la Orden 3/2020, de 6 de febrero, de la Consellería de Educació, Cultura y Deporte, por la cual se determina la competencia lingüística necesaria para el acceso y el ejercicio de la función docente en el sistema educativo valenciano, fija el día 29 de octubre de 2021 como fecha límite para que las personas que, a la entrada en vigor de esta orden, estén en proceso de formación para la obtención del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, el Diploma de Maestro o el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera puedan registrar el certificado correspondiente.

No. De acuerdo con la Orden 3/2020, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, el Certificado de la Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, el Diploma de Maestro de Valenciano y el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera pasan a ser un MÉRITO en los procesos de movilidad del funcionariado de carrera y en las convocatorias de oposiciones de cuerpos docentes.

Sí. El certificado de nivel C1 de conocimientos de valenciano de la JQCV o equivalentes, de acuerdo con la normativa vigente, será la competencia idiomática necesaria para vehicular áreas no lingüísticas en valenciano en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, ciclos formativos de formación profesional y formación de personas adultas. 

Sí. El certificado de Nivel C1 de Conocimientos de Valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV) o equivalentes, de acuerdo con la normativa vigente, es la competencia idiomática necesaria para la docencia. Ahora bien, tenéis que tener en cuenta que las personas que no tengan el certificado del nivel C1 de conocimientos de valenciano tienen que participar en la prueba extraordinaria de conocimientos de valenciano de nivel C1 convocada a tal efecto.
Así mismo, las personas aspirantes que tengan el Certificado de Capacitación de Enseñanza en Valenciano, pero que no tengan la certificación de nivel C1 de conocimientos en valenciano (JQCV), y quieran examinarse de este nivel C1 de acuerdo con lo previsto en este artículo, y suspendan este examen, podrán presentar como requisito obligatorio para poder presentarse a las oposiciones el Certificado de Capacitación de Enseñanza en Valenciano. En este caso, no se podrá aportar el mismo título como mérito.

Sí, el nivel de B1 se puede homologar. Se puede encontrar más información en esta página del Prop.