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Calendario de matrícula de las pruebas de 2024

Calendario de matrícula de las pruebas de 2024

MATRÍCULA PARA LAS PRUEBAS DE 2024

Todavía no hay información sobre los plazos de matrícula para las pruebas de 2024. Se publicará durante el primer trimestre del año.

 

REQUISITOS GENERALES

- Las personas interesadas pueden matricularse en todos los niveles de conocimientos de lengua que deseen, siempre que las pruebas no coincidan en el mismo día y en la misma hora.

- Para concurrir a las pruebas de la JQCV es requisito imprescindible haber cumplido los 16 años en el momento de realizar la prueba.

- Las personas interesadas pueden matricularse del nivel que quieran sin necesidad de acreditar el nivel anterior.

- Para matricularse de la prueba de Lenguaje administativo o Lenguaje en los medios de comunicación se debe estar en posesión del certificado de nivel C1 de valenciano o equivalente.

- Para matricularse de la prueba de Corrección de textos se debe estar en posesión del certificado de nivel C2 de valenciano o equivalente.

INSTRUCCIONES DEL TRÁMITE TELEMÁTICO DE MATRÍCULA

La inscripción y pago de la tasa se pouede realizar con o sin certificado digital. Si desea matricularse utilizando el certificado digital, tiene que elegir la opción "Solicitud autenticada". Si dese matricularse sin certificado digital, tiene que elegir la opción "Solicitud no autenticada".

Recuerde que, para poder participar en las pruebas, tiene que haber completado hasta el final el procedimiento de matrícula:

  1. Rellenar el formulario en línea.
  2. Anexar la documentación (si procede: discapacidad, familia numerosa, etc.).
  3. Pago de las tasas de manera telemática.
  4. Registrar/validar la solicitud electrónicamente.
  5. Guardar el justificante de inscripción. 
  • AVISO: si utiliza el trámite sin certificado digital, después de validar la inscripción, se generará un justificante que indica: "Esta impresión no es justificante de registro". Es una indicación que se muestra por defecto, porque se ha usado el trámite sin certificado, pero el justificante y el registro de la solicitud son válidos.
  • Correo de incidencias: generalitat_en_red@gva.es.
  • Consulte las preguntas frecuentes.

Una vez hechos estos pasos, la matrícula queda completada y no hay que enviar ningún documento a la Administración. La solicitud se considera presentada y registrada ante la Administración en el momento en que sea completado todo el proceso telemático. Los aspirantes tienen que imprimir el justificante generado de registro y pago, como confirmación de la presentación telemática, y llevarlo el día de la prueba.

La inscripción no finaliza después del pago de las tasas. Es necesario registrar la solicitud electrónicamente o validarla (en el caso del trámite sin certificado) en el asistente de tramitación para que su presentación quede registrada. No son válidas, por tanto, las solicitudes que, aunque hayan sido pagadas, no hayan sido registradas electrónicamente en la plataforma de matrícula.

Las plazas de matrícula están limitadas por la capacidad de las sedes; por tanto, no se admitirá ningún cambio de localidad.

ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL

Los aspirantes con diversidad funcional acreditada que soliciten medidas de adaptación deben especificarlo en la matrícula y adjuntar un "informe de adaptación de tiempo o de medios" expedido por los servicios competentes en materia de diversidad funcional de la Generalitat Valenciana, de las otras comunidades autónomas o del Estado. Para más información, consulte la resolución de convocatoria de las pruebas en el DOGV.

 

ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DE CREENCIAS RELIGIOSAS

Las personas matriculadas que, por motivos de creencia religiosa y al amparo de las leyes 24/1992 y 25/1992, de 10 de noviembre, quieran participar en las pruebas en un régimen de horario alternativo, lo deben comunicar a la JQCV en el plazo de matriculación. La solicitud de horario alternativo por motivo de creencia religiosa y la documentación acreditativa debe ser presentada por el registro de entrada a la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.